La herencia y el testamento en Málaga son dos conceptos fundamentales del derecho sucesorio que conviene entender bien antes de que llegue el momento de gestionarlos. Actuar con información y asesoramiento jurídico adecuado puede evitar conflictos familiares y pérdidas económicas significativas.

¿Qué es una herencia y cómo funciona en España?
La herencia es la transmisión del patrimonio de una persona fallecida a sus herederos. Incluye bienes, derechos y también obligaciones (deudas). En España, el proceso sucesorio puede abrirse con testamento o sin él, y los herederos tienen la opción de aceptar, aceptar a beneficio de inventario o renunciar a la herencia.
La aceptación pura y simple de una herencia implica asumir también las deudas del fallecido, incluso si superan el valor de los bienes. La aceptación a beneficio de inventario limita la responsabilidad al valor de lo heredado. Si el fallecido tenía deudas, es imprescindible conocer bien el pasivo antes de aceptar.
El testamento: tipos y cómo otorgarlo en Málaga
El testamento es el documento legal mediante el cual una persona expresa su voluntad sobre el destino de sus bienes tras su fallecimiento. En España, el testamento más habitual es el testamento notarial abierto: se otorga ante notario, queda archivado en el Registro de Actos de Última Voluntad y ofrece plena seguridad jurídica.
- Testamento notarial abierto: el más frecuente y seguro. El notario redacta y conserva el original.
- Testamento ológrafo: escrito de puño y letra por el testador. Requiere posterior protocolización notarial.
- Testamento cerrado: el testador entrega al notario un sobre sellado con su testamento. En desuso.
Otorgar testamento es uno de los actos más importantes que puede hacer una persona para proteger a su familia y evitar conflictos futuros. En Tecem Abogados asesoramos sobre la mejor forma de estructurar la herencia antes de ir al notario. Consulta nuestros servicios jurídicos.
Las legítimas: qué parte de la herencia no puedes repartir libremente
La legítima es la parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a determinados herederos (herederos forzosos). En España, los hijos tienen derecho a dos tercios de la herencia como legítima (un tercio de legítima estricta y un tercio de mejora). Solo el tercio de libre disposición puede dejarse a quien el testador desee.
Si el testamento vulnera las legítimas, los herederos perjudicados pueden reclamar su parte mediante una acción de reducción de disposiciones inoficiosas. Esta es una de las causas más frecuentes de litigio hereditario.
Herencia sin testamento: el orden de los herederos
Cuando el fallecido no ha dejado testamento, se aplica la sucesión intestada o ab intestato. El orden de herederos establecido por el Código Civil es:
- Descendientes (hijos, nietos).
- Ascendientes (padres, abuelos).
- Cónyuge viudo.
- Hermanos y sobrinos.
- Otros parientes hasta el cuarto grado.
- En ausencia de todos los anteriores, el Estado.
En herencias sin testamento, es necesaria una declaración de herederos ante notario. Si todos los herederos están de acuerdo, el proceso es relativamente ágil. Si hay conflicto sobre quiénes son los herederos o sobre el reparto, puede ser necesario acudir al juzgado.
Impuesto de Sucesiones en Málaga: lo que debes saber
En Andalucía, la reforma del Impuesto de Sucesiones de 2019 y sus posteriores modificaciones han reducido significativamente la carga fiscal para herederos directos. Los descendientes y ascendientes disfrutan de una bonificación muy elevada que en muchos casos hace que el impuesto sea prácticamente simbólico.
El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis meses previa solicitud. La Junta de Andalucía ofrece información actualizada sobre las bonificaciones vigentes.
Plazos y pasos para aceptar una herencia en Málaga
El proceso de aceptación de herencia en Málaga sigue estos pasos habituales:
- Obtener el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades.
- Obtener la copia del testamento (si lo hay) o tramitar la declaración de herederos (si no lo hay).
- Elaborar el inventario de bienes y deudas.
- Otorgar la escritura de aceptación y partición de herencia ante notario.
- Liquidar el Impuesto de Sucesiones y el IIVTNU (plusvalía municipal) si hay inmuebles.
- Inscribir los bienes a nombre de los herederos en los registros correspondientes.
Si hay conflicto entre herederos o sospechas de que el testamento no respeta las legítimas, puede ser necesario impugnar judicialmente. Lee más sobre cómo reclamar una herencia en Málaga. También puedes consultar el Código Civil español en el BOE para conocer la regulación completa de las sucesiones.
Si necesitas orientación para gestionar una herencia en Málaga, redactar un testamento o resolver un conflicto entre herederos, en Tecem Abogados te asesoramos en cada paso. Contacta con nosotros sin compromiso.