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Custodia compartida en Málaga: cuándo se concede y cómo solicitarla

La custodia compartida en Málaga es el régimen por el que ambos progenitores comparten de forma equitativa el cuidado y la convivencia con los hijos tras la separación o el divorcio. No significa necesariamente un reparto exacto de días, sino una implicación activa de los dos en la crianza.

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¿Qué es la custodia compartida y cómo funciona?

La custodia compartida es el sistema de guarda y custodia en el que los hijos alternan su residencia entre los dos progenitores de forma periódica. Puede articularse de distintas formas: semanas alternas, quincenas, o cualquier otra distribución que respete el interés del menor y sea viable para ambas familias.

Este régimen no implica la ausencia de pensión alimenticia. Aunque es frecuente que en custodia compartida la pensión se reduzca o se elimine, depende de los ingresos de cada progenitor y de las necesidades concretas del menor. Puedes ampliar información en nuestro artículo sobre pensión de alimentos en Málaga.

¿Cuándo conceden la custodia compartida los juzgados de Málaga?

Los jueces de familia en Málaga valoran una serie de factores para decidir si la custodia compartida es la opción más adecuada:

  • Relación previa de cada progenitor con el menor: implicación en el cuidado diario, escolarización, visitas médicas, actividades extraescolares.
  • Capacidad de comunicación entre los progenitores: la custodia compartida exige un mínimo de coordinación. Si hay conflicto severo o comunicación imposible, el juez puede descartarla.
  • Proximidad de domicilios: que los padres vivan cerca facilita la conciliación escolar y social del menor.
  • Edad y deseos del menor: a partir de los 12 años, el juez puede escuchar directamente al hijo.
  • Ausencia de violencia doméstica: si existe o ha existido violencia de género, la custodia compartida queda excluida por ley.

El artículo 92 del Código Civil establece que la custodia compartida puede solicitarse por cualquiera de los progenitores y que el juez la acordará cuando sea conveniente para el menor, incluso si el otro progenitor se opone.

Diferencia entre custodia compartida y custodia exclusiva

La custodia exclusiva o monoparental es aquella en la que uno de los progenitores asume la convivencia habitual con el hijo, mientras el otro tiene un régimen de visitas. La custodia compartida, en cambio, busca que ambos padres mantengan una presencia activa y equivalente en la vida cotidiana del menor.

Ningún sistema es intrínsecamente mejor que el otro. La decisión debe adaptarse a la situación real de cada familia. En Tecem Abogados analizamos cada caso para recomendar la estrategia más sólida y orientada al bienestar del menor. Puedes conocer más sobre nuestra forma de trabajar en la sección sobre nosotros.

La patria potestad no es lo mismo que la custodia

La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que corresponden a los padres sobre los hijos menores. Salvo causa grave, la patria potestad sigue siendo compartida aunque se establezca custodia exclusiva para uno de los progenitores. Decisiones importantes como escolarización, tratamientos médicos o cambio de residencia requieren el acuerdo de ambos.

Cómo solicitar la custodia compartida en Málaga

La custodia compartida puede obtenerse de dos formas:

  • Por acuerdo: ambos progenitores la pactan en el convenio regulador del divorcio. Es la vía más rápida y menos traumática para los menores.
  • Por resolución judicial: si no hay acuerdo, cualquiera de los progenitores puede solicitarla al juez. Será necesario aportar pruebas que demuestren la idoneidad del progenitor y el beneficio para el menor.

El procedimiento se inicia con la demanda de divorcio o de modificación de medidas si ya existe una sentencia previa. Si estás en esta situación, visita nuestra página de servicios jurídicos o consulta también nuestro artículo sobre divorcio en Málaga para entender el contexto procesal completo.

Modificación de custodia: cuándo se puede cambiar

Las medidas fijadas en sentencia pueden modificarse si se produce un cambio sustancial en las circunstancias. Un traslado de ciudad, un cambio en la situación laboral, problemas de convivencia o el crecimiento del menor son causas habituales de demanda de modificación de medidas.

El Consejo General del Poder Judicial publica estadísticas anuales sobre custodia que muestran una tendencia creciente hacia la custodia compartida en toda España, incluyendo Andalucía.

La mediación familiar como alternativa al litigio

Antes de acudir al juzgado, la mediación familiar es una vía que permite a los progenitores alcanzar acuerdos con ayuda de un profesional neutral. Reduce el conflicto, es más rápida y económica, y los acuerdos suelen cumplirse mejor porque son fruto del consenso. Puedes leer más en nuestro artículo sobre mediación familiar en Málaga.

El Colegio de Abogados de Málaga dispone de un servicio de mediación familiar al que puedes acudir antes de iniciar cualquier proceso judicial.

Si tienes dudas sobre la custodia de tus hijos o quieres explorar si la custodia compartida es viable en tu caso, en Tecem Abogados te asesoramos con criterio y sin rodeos. Ponte en contacto con nosotros y analizamos tu situación.

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